Conservación de agua comercial
- phone (415) 558-6058
- mail_outline Departamento de Inspección de Edificios dbi.plombing@sfgov.org
Propósito
Conservar agua asegurando instalaciones de plomería eficientes en edificios comerciales.
¿Quién debe cumplir?
Propietarios de propiedades comerciales antes del 1 de enero de 2017.
Aviso
Las propiedades que no cumplieron con la fecha límite del 1/1/2017 están sujetas a la aplicación del código a menos que se haya tomado una de las siguientes acciones:
- Reemplazó los accesorios que no cumplían con los requisitos y presentó una declaración jurada a DBI
- Presentó una declaración jurada a DBI incluso si todos los accesorios ya cumplían
- Se comunicó con DBI para solicitar una variación debido a circunstancias especiales.
- Recibió aprobación previa para el reemplazo de artefactos a través del Programa de Reemplazo de Artefactos de Plomería de la SFPUC y, una vez finalizadas las modificaciones, presentó una declaración jurada a DBI.
Para evitar acciones de cumplimiento, las propiedades con accesorios en conformidad que no hayan presentado una declaración jurada a DBI deben hacerlo lo antes posible. Las propiedades con accesorios no compatibles que crean que califican para una variación también deben comunicarse con DBI.
Reemplazar los artefactos de plomería viejos que desperdician agua por nuevos modelos eficientes es uno de los pasos más importantes para ayudar a conservar y proteger los suministros de agua de California. Varias medidas estatales y locales requieren que los propietarios instalen accesorios de plomería que conserven el agua. La SFPUC y el Departamento de Inspección de Edificios (DBI) se están asociando para proporcionar información a los propietarios de edificios sobre las ordenanzas locales de eficiencia del agua y cómo cumplir con los requisitos.
A partir del 1 de julio de 2009, dos ordenanzas actualizaron las leyes locales de eficiencia del agua para las propiedades de San Francisco: Ordenanza de conservación de agua residencial y la Ordenanza de conservación de agua comercial.
¿Se me aplican los requisitos?
La Ordenanza de Conservación de Agua Comercial se aplica a todas las propiedades comerciales existentes. Esta ordenanza requiere que los propietarios de edificios comerciales repare las fugas de plomería, reemplace los accesorios de plomería ineficientes y que presenten una Declaración jurada de conservación de agua comercial completa a DBI antes del 1 de enero de 2017 que verifique que todos los accesorios de plomería cumplen con los requisitos. Todas las propiedades comerciales deben presentar una declaración jurada completa, incluso si todos sus accesorios de plomería ya son eficientes.
¿Cómo cumplo?
Los accesorios de plomería ineficientes deben reemplazarse con accesorios eficientes que cumplan con el código de plomería actual de California. La SFPUC ofrece incentivos financieros y asistencia técnica para el reemplazo de accesorios de plomería ineficientes. Específicamente, la Ordenanza requiere que se repare todas las fugas y que todos los accesorios existentes con tasas de flujo que excedan las tasas que se indican a continuación se reemplacen con nuevos modelos de uso eficiente del agua que cumplan con los estándares actuales de plomería de California:
Cabezales de ducha con un caudal máximo de más de 2.5 galones por minuto (gpm) (Además, ninguna ducha puede tener más de un cabezal de ducha por válvula)
Grifos y aireadores de grifos con un caudal máximo superior a 2.2 gpm
Inodoros (inodoros) con un consumo máximo de agua nominal de más de 1.6 galones por descarga (gpf)
¿Necesita reemplazar un accesorio de plomería que no cumple con las normas?
El código de plomería de California requiere nuevas instalaciones de accesorios de plomería para cumplir con las siguientes tarifas de uso de agua:
- Cabezales de ducha ≤ 1.8 gpm
- Aireadores de grifos de cocina ≤1.8 gpm
- Aireadores de grifos de lavabos privados ≤1.2 gpm
- Grifos de lavabos públicos ≤ 0.5 gpm
- Inodoros ≤ 1.28 gpf
- Urinarios ≤ 0.125 gpf
El cumplimiento de los requisitos debe completarse a través de la División de Inspección de Plomería de DBI. Para obtener más información o solicitar una variación, envíe un correo electrónico dbi.plombing@sfgov.org, llame al (628) 625-3450 o visite sfdbi.org/CommercialConservation.
¿ Necesita ayuda ?
La SFPUC proporciona servicios gratuitos, dispositivos de plomería e incentivos para ayudar a los clientes a cumplir con los requisitos de eficiencia del agua. Si tiene alguna pregunta sobre los programas de conservación de agua de la SFPUC para ayudarlo a cumplir, comuníquese con la Sección de Conservación de Agua al (415) 551-4730 o envíe un correo electrónico conservación del agua@sfwater.org.
Recursos
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Preguntas Frecuentes
¿Cómo puedo obtener una copia de la Declaración Jurada de Conservación Comercial y dónde envío mi
¿formar?Acceder a la formulario rellenable que puede completar electrónicamente o imprimir y completar a mano.
Si no tiene una computadora, puede obtener una copia en el Departamento de Inspección de Edificios, 1660 Mission Street, 1er piso, ventana # 8. Envíe los formularios completos al Departamento de Inspección de Edificios por correo o en persona en 1660 Mission Street, 1st Floor, Window # 8, San Francisco, California 94103-2414 o por correo electrónico a dbi.plombing@sfgov.org.
Todo mi edificio es residencial, pero recibí por correo un Aviso de incumplimiento de la Ordenanza de conservación de agua comercial. ¿Necesito realizar alguna acción?
Es posible que algunos edificios residenciales que anteriormente se clasificaban como propiedades comerciales hayan recibido avisos. Los edificios residenciales no están sujetos a la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial. Si su edificio es completamente residencial sin negocios comerciales y recibió un aviso por correo de EE. UU. Con fecha del 3 de abril de 2017 que dice: "Aviso final de incumplimiento", complete los siguientes campos en el formulario de declaración jurada y envíelo. a DBI:
- Dirección De Propiedad
- Nombre propietario
- Número de teléfono durante el día
- En el formulario de declaración jurada bajo 'Tipo de edificio', marque 'Otro' y escriba 'RESIDENCIAL'.
No es necesario que complete la Parte A: Resultados de la inspección de la propiedad o la Parte B: Certificación de inspección y su edificio. Si ya envió un formulario de declaración jurada indicando que su propiedad es residencial, envíe un correo electrónico dbi.plombing@sfgov.org indicando la dirección de su propiedad, que su propiedad es residencial, recibió el aviso del 3 de abril sobre la ordenanza de conservación comercial y anteriormente presentó una declaración jurada, en la que indicó que su propiedad es residencial.
Solicité el Programa de Reemplazo de Accesorios de Plomería (PREP) de la SFPUC antes de la fecha límite del 12/31/2016, pero aún recibí una notificación de incumplimiento. ¿Qué tengo que hacer?
La SFPUC ha proporcionado a DBI una lista de todas las propiedades comerciales y de uso mixto que se aplicaron a su Programa de reemplazo de accesorios de plomería al 31 de diciembre de 2016, cuando se cerró el período de solicitud para propiedades comerciales. Los dueños de propiedades comerciales que solicitaron el programa PREP no estarán sujetos a la posible aplicación de la Ordenanza de Conservación Comercial en este momento, asumiendo que reemplazan todos los accesorios que no cumplen y envían una declaración jurada completa a DBI tan pronto como hayan completado el programa PREP. Si se determina que una propiedad comercial no es elegible para PREP, los dueños de propiedades comerciales deben reemplazar todos los accesorios que no cumplan con los requisitos y presentar una declaración jurada completa a DBI. El programa PREP se cerró a nuevos solicitantes comerciales a partir del 12/31/16.
Soy propietario / administrador de un edificio de uso mixto que tiene tanto espacio residencial como comercial. ¿Todavía tengo que cumplir?
Los propietarios deben cumplir con la Ordenanza de conservación de agua comercial para cualquier parte de una propiedad de uso mixto que se utilice con fines comerciales. Por ejemplo, si su propiedad tiene un negocio minorista en la planta baja con dos pisos de espacio residencial encima, solo el negocio en la planta baja deberá cumplir con la Ordenanza de Conservación Comercial. La Declaración Jurada de Conservación de Agua Comercial debe completarse para incluir solo los accesorios de plomería para las partes del edificio designadas para uso comercial.
¿En qué se diferencia la Ordenanza de conservación de agua comercial de la Ordenanza de conservación de agua residencial?
El consumo máximo de agua permitido para inodoros, urinarios, cabezales de ducha, aireadores de grifos y el requisito de reparar todas las fugas son los mismos para las ordenanzas de conservación de agua comerciales y residenciales.
La Ordenanza de Conservación de Agua Comercial se aplica a todas las propiedades comerciales, partes comerciales de edificios de uso mixto, partes de edificios residenciales utilizados con fines comerciales y hoteles. El 1 de enero de 2017 era la fecha límite para que los propietarios completaran una inspección de la propiedad y presentaran una Declaración Jurada de Conservación de Agua Comercial al Departamento de Inspección de Edificios (DBI). Las propiedades que aún no hayan presentado una declaración jurada deben hacerlo lo antes posible. Todas las propiedades comerciales deben presentar una declaración jurada, incluso si todos sus accesorios de plomería son eficientes y no requirieron un reemplazo reciente.
La Ordenanza de Conservación de Agua Residencial se aplica a viviendas de una y dos unidades de vivienda, edificios de apartamentos, unidades de condominio y hoteles residenciales en proceso de venta, remodelación o realización de mejoras que requieren permisos de construcción. Para obtener un certificado de cumplimiento, programe una inspección con los Servicios de Inspección de Vivienda de DBI o con un Inspector privado de Energía y Agua antes de transferir el título o cuando se realicen mejoras. Haga clic aquí para obtener más información sobre los requisitos de la Ordenanza de conservación de agua residencial de San Francisco.
Opero una pequeña empresa desde mi casa unifamiliar, condominio o apartamento. ¿Necesito cumplir con la Ordenanza de conservación de agua comercial?
No. Su propiedad residencial no está sujeta a la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial. Sin embargo, aún debe evaluar la eficiencia de sus accesorios de plomería para ahorrar agua y reparar cualquier fuga. Para ahorrar agua y dinero, debe:
- Reemplazar inodoros de más de 30 años que excedan los 1.6 galones por descarga
- Reemplace los cabezales de ducha que excedan los 2.5 galones por minuto
- Instale nuevos aireadores en los grifos que excedan los 2.2 galones por minuto.
Los cabezales de ducha y los aireadores de grifos de bajo consumo de agua están disponibles de forma gratuita a través del dispositivo gratuito de la SFPUC
.¿Quién es responsable de cumplir con la Ordenanza de conservación de agua comercial? ¿Es el propietario o inquilino de la propiedad comercial el que arrienda un espacio / propiedad comercial?
El dueño de la propiedad es en última instancia responsable de cumplir con la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial; sin embargo, el propietario puede designar a un representante autorizado o inquilino para completar la Declaración Jurada en su nombre.
¿Cuáles son las sanciones o los procedimientos de aplicación del código si no pude completar la Declaración jurada de conservación del agua y adaptar mi propiedad con accesorios de plomería eficientes antes de la fecha límite del 1 de enero de 2017?
No presentar una Declaración Jurada de Conservación del Agua o una declaración jurada con información inexacta puede resultar en que DBI inicie procedimientos de aplicación del código, que pueden incluir sanciones monetarias y un gravamen sobre la propiedad. Todos los propietarios que aún no hayan presentado una declaración jurada deben hacerlo lo antes posible o comunicarse con la División de Inspección de Plomería de DBI para discutir circunstancias especiales o demoras al (415) 558-6058 o por correo electrónico a dbi.plombing@sfgov.org.
La SFPUC ofrece programas e incentivos gratuitos para ayudar a los propietarios a cumplir con la ordenanza y reemplazar los accesorios de plomería que no cumplan con las normas, incluidas las evaluaciones gratuitas de uso inteligente del agua, los cabezales de ducha con uso eficiente del agua, los aireadores de grifos y cocinas y las bolsas de flujo para medir los índices de flujo de los accesorios. Llame al (415) 551-4730 para obtener más información.
¿Cómo determino el caudal de mis inodoros, duchas o grifos?
Dependiendo de la antigüedad de sus accesorios o dispositivos de plomería existentes, es probable que los fabricantes hayan estampado la tasa de flujo en el dispositivo.
Los volúmenes de descarga para un inodoro de tanque estándar a menudo se encuentran en la taza. Un inodoro de 1.6 galones por descarga (gpf) a menudo tendrá impreso "1.6 gpf" en la parte posterior de la taza donde se conecta al tanque. También puede buscar dentro del tanque la fecha de fabricación impresa. Los inodoros fabricados antes de 1994 no cumplen con los requisitos de la Ordenanza de conservación de agua comercial.
Los cabezales de ducha con una velocidad de flujo de 2.5 galones por minuto (gpm) tendrán "2.5 gpm" impreso en algún lugar del accesorio.
Los grifos del lavabo (baño) y de la cocina también pueden tener una velocidad de flujo estampada en el aireador y pueden variar de 0.5 gpm a 2.2 gpm.
Si no puede localizar un sello para un cabezal de ducha o un grifo, puede usar una bolsa de flujo marcada y seguir las instrucciones para medir el caudal. La SFPUC proporciona a los titulares de cuentas de agua bolsas de flujo libre, disponibles en 525 Golden Gate Ave., primer piso, de lunes a viernes de 8 am a 5 pm. Los técnicos de conservación de agua de la SFPUC también pueden ayudar a determinar la tasa de flujo y los volúmenes de descarga de los accesorios de plomería para los propietarios o clientes de cuentas de agua que se inscriban para una Evaluación Wise Water gratuita.
Si mi grifo no tiene capacidad para un aireador, ¿tengo que hacer algo de todos modos?
Si. Los grifos sin rosca o que no aceptan aireadores deben reemplazarse si exceden un caudal máximo de 2.2 galones por minuto. Los grifos viejos sin rosca pueden usar hasta 7 galones de agua por minuto.
¿Un inodoro de 1.6 galones por descarga (gpf) cumple con la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial?
Si. Todos los inodoros existentes en su propiedad con un volumen de descarga de 1.6 gpf o menos cumplen con la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial y no necesitan ser reemplazados. Los inodoros identificados durante una inspección de la propiedad con un volumen de descarga superior a 1.6 gpf deberán ser reemplazados por un inodoro que cumpla con el estándar actual del Código de Plomería de California de 1.28 gpf o menos. Si su inodoro de 1.6 gpf tiene más de 20 años, no funciona bien y tiene fugas que no puede reparar, debe considerar reemplazarlo aunque no sea requerido por la ordenanza.
Si su propiedad tiene inodoros estilo fluxómetro que previamente se han modernizado con válvulas nuevas o partes internas (juegos de diafragma) para descargar a 1.6 gpf, los accesorios aún se consideran ineficientes y deben reemplazarse. Por ejemplo, un tazón de 3.5 gpf existente actualizado con una válvula de 1.6 gpf no cumple con los requisitos de la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial y probablemente no funcione bien, lo que resulta en una descarga doble o triple, ya que el tazón y la válvula nunca fueron diseñados para funcionar juntos.
Un inodoro estilo fluxómetro que cumpla con las normas y que funcione correctamente tendrá una taza y una válvula con tasas de descarga equivalentes, como 1.28 gpf. Si los inodoros de estilo fluxómetro existentes de su propiedad no están sellados con 1.6 gpf o menos, deberá adaptar tanto la taza como la válvula para cumplir con la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial.
¿Qué tasa de flujo debo cumplir para mi cabezal de ducha, es 2.5 gpm o 2.0 gpm?
Primero, determine cuál es el caudal de su cabezal de ducha. Si es mayor de 2.5 gpm, entonces deberá reemplazarlo con un accesorio que cumpla con el estándar actual del Código de Plomería de California de 2.0 gpm o menos. Si su cabezal de ducha fluye a 2.5 gpm o menos, entonces no necesita reemplazarlo para cumplir con la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial. Si está tratando de reducir el uso de agua en su edificio, es posible que desee reemplazar los cabezales de ducha de 2.5 gpm por modelos más eficientes en agua.
¿Pueden las propiedades comerciales con una designación de hito histórico solicitar una exención de reemplazo de inodoros y urinarios en función del impacto potencial a la integridad histórica del edificio?
Los propietarios de propiedades comerciales que figuran como un hito histórico en un registro local, estatal o nacional y que creen que el reemplazo de urinarios e inodoros afectaría los espacios interiores o las características de su edificio (que se indican específicamente en la designación de hito de su edificio) deben solicitar un inspección por parte de la División de Inspección de Plomería de DBI para ser considerado para una posible exención. El dueño de la propiedad o la persona designada deberá proporcionar a DBI una prueba del estado histórico del edificio y explicar cómo el reemplazo de los accesorios afectaría las características históricas señaladas en su designación. Tenga en cuenta que el inodoro y / o urinario de porcelana real no se considera típicamente "histórico" en la designación de hito de una propiedad.
Si la configuración particular de plomería del inodoro o urinario existente de su edificio requiere la remoción de paredes y pisos para reemplazarlos con un modelo de uso eficiente del agua y la alteración de las paredes y pisos afectados son parte de las características históricas del edificio señaladas en su designación histórica, DBI puede considerar la exención del reemplazo total del accesorio, o considerar otras opciones de modernización para reducir los volúmenes de descarga. Para obtener más información, puede comunicarse con DBI al (415) 558-6058 o por correo electrónico a dbi.plombing@sfgov.org.
Las designaciones de edificios históricos en San Francisco caen bajo el ámbito de la Departamento de Planificación de San Francisco.
¿Pueden las propiedades comerciales que no figuran en ningún registro de hitos históricos solicitar una exención o variación de los reemplazos de inodoros y urinarios?
Los propietarios que puedan demostrarle a DBI que la configuración de plomería única de sus urinarios o inodoros existentes haría imposible el reemplazo con modelos eficientes sin una remodelación extensa del edificio, deben comunicarse con la División de Inspección de Plomería de DBI para solicitar una inspección. Según la inspección de DBI, su propiedad puede ser elegible para una variación temporal hasta el momento en que se justifique una remodelación importante del baño. DBI también puede determinar que se podrían buscar otras opciones de modernización para reducir las tasas de flujo del accesorio. Hay muy pocas circunstancias que afecten a una pequeña cantidad de edificios en San Francisco que justifiquen una variación temporal de la ordenanza; la mayoría de los edificios deben cumplir plenamente con la ordenanza reemplazando los accesorios ineficientes. Los ejemplos que pueden justificar una variación temporal hasta el momento de una remodelación importante pueden incluir:
- Edificios con urinarios montados en el piso que requieren demolición hasta el piso y las paredes del baño para reemplazar el accesorio.
- Edificios con inodoros de estilo fluxómetro de tres pernos que requieren demolición hasta la pared del baño para reemplazar el soporte de la taza del inodoro con un patrón de taza de 4 pernos.
Consejos para completar la Declaración jurada de conservación de agua comercial
¿Necesito escribir mi bloque y número de lote? Si es así, ¿dónde puedo encontrar mi bloque y número de lote?
Sí, debe proporcionar su bloque y número de lote. Los números de bloque y lote están disponibles a través del Sitio web del Departamento de Planificación de San Francisco.
¿Cuál es mi número de SEQ?
No es necesario que incluya un número de SEQ, o simplemente puede marcarlo como "NA" o "No aplicable". SEQ se refiere a un código DBI relacionado con la vivienda, pero no es relevante para el cumplimiento de la Ordenanza de Conservación de Agua Comercial. La Declaración Jurada de Conservación del Agua en el sitio web se ha actualizado desde entonces para aclarar que no es necesario que la complete.
Si mi propiedad no tiene uno de los accesorios de plomería identificados en la Parte A de la Declaración jurada (por ejemplo, cabezal de ducha o urinario), ¿debo marcar la casilla "Sí" o "No"?
No. Ingrese “0” en la línea que dice “Número total de ...” y deje los cuadros “Sí” y “No” en blanco.
Mi propiedad es de uso mixto residencial / comercial. ¿Necesito registrar los accesorios de plomería de todo el edificio en la declaración jurada?
No. La Parte A 'Resultados de la inspección de la propiedad' solo debe incluir los resultados de las partes comerciales
de su edificio.
Última actualización: 04 / 23 / 2020